miércoles, 10 de agosto de 2011

DERECHOS DE LA MUJER

DERECHOS DE LA MUJER: 

Fuente: http://www.monografias.com/trabajos11/derhum/derhum.shtml#DERECH
 
Las mujeres y los hombres somos diferentes, y tenemos capacidades y necesidades distintas.
Pero ser diferente no quiere decir ser inferior, ni siquiera cuando, a causa de la diferencia, se es, en algo más débil o vulnerable. Cuando una persona daña a otra aprovechándose de que, debido a diferencia tiene un poder o privilegio determinado, cometa un abuso y puede estar incurriendo en un delito. En nuestra sociedad existe una cultura discriminatoria de lo femenino, y con frecuencia los hombres -esposos, hijos, jefes- abusan del poder que les da su fuerza o su autoridad y causan daños patrimoniales, psicológicos o físicos, a las mujeres y a los niños que conviven con ellos. También con frecuencia las autoridades no entienden debidamente a las mujeres que acuden a denunciar un delito o a demandar un derecho, a pesar de que nuestra Constitución dice expresamente que los hombres y las mujeres somos iguales ante la Ley, la cual a de proteger a la familia. Las mujeres deben defender sus derechos. Conviene que los conozcan y sepan que significan. En la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) se ha hecho un esfuerzo de síntesis para explicar aquí, en forma sencilla, aquellos que son esenciales. Las mujeres merecen el respeto de su pareja, de sus hijos y de los demás miembros de la familia y de la sociedad.
En la familia las mujeres deben ser respetadas, cuidadas y tomadas en cuenta de la misma manera que los hombres.
Eso quiere decir que tienen derecho a:
  • Tomar libremente decisiones que afectan su vida, por ejemplo aquellas que tienen que ver con su trabajo, el número y esparcimiento de los hijos, sus estudios y el uso de su tiempo libre.
  • Tratar en paz los asuntos que interesen a ambos miembros de la pareja para procurar que las decisiones relativas a ellos sean tomadas de común acuerdo.
  • Compartir por igual con su pareja, las responsabilidades familiares, como las que se refieren a la crianza de sus hijos: a los gastos y los cuidados que estos necesiten.
  • Expresar sus opiniones y necesidades físicas, emocionales, intelectuales y sexuales, para que sean consideradas igualmente importantes y satisfechas de la misma forma que las de su pareja.
  • Ser respetadas física, sexual y psicológicamente; no ser humilladas, ridiculizadas o menospreciadas, ni en público ni en la intimidad.
Las mujeres deben defenderse de las agresiones y defender de ellas a sus hijos. Han de denunciar esas agresiones ante las autoridades y exigir de ellas protección y justicia.
Cuando las mujeres deseen el divorcio, tiene derecho a reclamarlo y a que , si lo obtienen, o bien si se separan o son abandonadas, su pareja cumpla con las responsabilidades que el juez le señale para atender las necesidades de los hijos.
Por ello las mujeres pueden:
  • Demandar pensión alimenticia para ella y sus hijos. Esta pensión también puede ser exigida cuando el padre no cumpla con las responsabilidades de darles sustento, aunque viva en el domicilio conyugal.
  • Reclamar ante un juez civil el reconocimiento de la paternidad cuando el padre de un hijo suyo se niegue a reconocerlo.
  • Solicitar la entrega del 50% de los bienes que pertenezcan a la sociedad conyugal y de aquellos que garanticen la pensión alimenticia de los hijos menores de 18 años.
  • Demandar la separación de bienes conyugales y disponer de su parte , aun cuando no demanden el divorcio.
  • Pedir que se declare cual es patrimonio familiar que no podrá enajenarse ni embargarse, aunque el esposo enajene sus bienes o sea embargado.
  • Conservar la custodia de sus hijos menores de edad
La expresión de la sexualidad de las mujeres no debe ser objeto de burla, castigo o imposición. Cuando una mujer es obligada, por quien sea y en donde sea, a tener relaciones sexuales, es víctima de un ataque sexual que esta penado por la ley.
Las mujeres tienen derecho a:
  • Decidir respecto a su vida sexual, es decir, respecto de cuando desean y cuando no desean tener relaciones sexuales, y negarse a practicas sexuales que les desagraden o lastimen.
  • Denunciar todo ataque sexual de que sean objeto; ser atendidas inmediata, respetuosa y diligentemente por los funcionarios de las agencias del Ministerio Público, como los agentes, los médicos, los trabajadores sociales, los policías y los peritos.
  • Esperar que se les brinden servicios de justicia gratuitos y completos, que incluyan tratamiento contra enfermedades venéreas y terapia tendiente a curar los traumas físicos y emocionales producidos por alguna agresión.
  • Ser informadas con claridad respecto del proceso; consultadas cuando, a fin de perseguir un delito que denunciaron , se requiera revisar su persona o sus ropas, y tratadas con todo respeto a su dignidad y pudor durante la revisión.
  • Exigir que los funcionarios de la administración de justicia no prejuzguen su dicho.
  • Recibir orientación respecto de como exigir a su victimario la reparación del daño.
La maternidad no puede ser motivo de discriminación y debe ser atendida debidamente, lo cual significa que las mujeres tienen derecho a:
  • Ser protegida durante sus embarazos y en el ejercicio de su maternidad.
  • Ser atendidas por el personal de salud, en caso de enfermedad, de embarazo de parto, con respeto y cuidado y de acuerdo con sus necesidades.
  • Ser consultadas sobre si desean que se les aplique un método anticonceptivo y ser respetadas cualquiera que sea su decisión al respecto.
  • Exigir que sus derechos laborales no queden condicionados por la renuncia a la maternidad, es decir que no se les niegue algún trabajo que soliciten, ni se les despida del que ya tengan, por estar embarazadas
  • Tener dos descansos de media hora cada uno durante la jornada de trabajo para alimentar a sus hijos lactantes.
  • Gozar, con la percepción de un salario integro, de seis semanas de descanso anteriores y seis posteriores al parto para reponerse y atender a los recién nacidos.
  • Recibir las prestaciones que otorguen a las madres las normas especificas y los contratos colectivos de trabajo.
La condición femenina no debe ser pretexto para negar a la mujer trabajos dignos ni para darle un trato discriminatorio en materia laboral.
Las mujeres tienen derecho a:
  • Ser respetadas en su trabajo, no ser objeto de acoso sexual y denunciar a quien les cause un perjuicio laboral por no responder afirmativamente a sus demandas sexuales.
  • Recibir un salario igual que los hombres por igual trabajo.
  • Obtener y conservar un empleo, sin que ello se condicione a que renuncie al matrimonio.
Estos derechos están reconocidos por las leyes mexicanas y pos los tratados internacionales que México ha ratificado y que deben cumplirse. Por lo tanto, es obligación de las autoridades de nuestro país protegerlas.
Cuando alguien no responde a los derechos de una mujer y cuando las autoridades administrativas que deban protegerla no cumplan con ese deber, o cuando sea precisamente una autoridad la que viole esos derechos , la mujer podrá acudir a alguna de las Comisiones de Derechos Humanos a presentar su queja contra la autoridad involucrada.
La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) esta facultada por la ley para recibir las quejas sobre presuntas violaciones a los Derechos Humanos cometidas por las autoridades administrativas federales. Las quejas se pueden presentar en:
Av. Periférico Sur No 3469, Col. San Jerónimo Lidice, Delegación. Magdalena Contreras C.P. 10200 México D.F.
Si usted desea obtener más información, comuníquese a la Coordinación del Programa sobre Asuntos de la Mujer en:
Carretera Picacho-Ajusco 238-2, Edificio Torre 2, Col. Jardines de la Montaña, Delegación Tlalpan, C.P. 14210, México D.F., Tel. 631-00-40 Ext. 314.
Para la protección y promoción de los derechos de la mujer existen diversas asociaciones, entre las que destacan:
  • Centro de Investigación y Capacitación de la Mujer, A.C. (CICAM)
  • Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, A.C.
  • Comunicación e Información de la Mujer, A.C. (CICAM)
  • Asociación Mexicana de Lucha Contra la Violencia en Mujeres.
  • Programa Universitario de Estudios de Genero.
  • Asociación Mexicana de Educación Sexual.
  • Centro de Apoyo a la Violencia Intrafamiliar.
  • Apoyo a las Mujeres Maltratadas.
  • Centro de Apoyo a la Mujer.
  • Programa Interdisciplinario de Ayuda Contra la Violencia.
  • VEMEA (realiza trabajo de apoyo a mujeres de la 3ª edad.)
  • Centro de Apoyo a la Mujer, "Margarita Magón", A.C. (CAM).
  • Grupo de Educación Popular con Mujeres, A.C. (GEPM).

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